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Tensión en la Corte Constitucional por ocho fallos trascendentales

Con magistrados divididos en tres grupos, asociados a sectores políticos y gobiernos diferentes y en medio de diferencias, hay puja interna por decisiones en casos determinantes para el país.

Por Agencia Periodismo Investigativo |

Luego de finalizado esta semana el amigable encuentro de la jurisdicción sobre diversidad y reconocimiento en Pereira, la Corte Constitucional vuelve a la normalidad. Pero esta vez, en medio de diferencias sustanciales y de origen político de sus nueve magistrados, quienes deben definir el devenir jurídico en ocho temas determinantes para el país.

Una división que está marcada por tres grupos de togados con posturas diversas en el máximo tribunal constitucional. Un primer grupo está conformado por los magistrados Alberto Rojas Ríos su actual presidente, Antonio José Lizarazo, quien asumirá en pocos días como cabeza de la corporación, Alejandro Linares y José Fernando Reyes.

Según fuentes al interior de la Corte y de la Rama Judicial consultadas por la Agencia de Periodismo Investigativo, API, este grupo de cuatro magistrados es considerado y llegó al cargo por su trayectoria y sus vínculos políticos con los expresidentes César Gaviria y Juan Manuel Santos. 

De ellos, el más cercano a Gaviria es Rojas. Excandidato a la Contraloría, es un magistrado que salió y regresó a la Corte mediante tutela y luego por decisión de sus compañeros. El togado,  según expertos jurídicos, no superó su crisis de credibilidad y cuestionamientos por varios casos de indebida práctica profesional que antecedieron a su designación, así como la cercanía que tuvo con el procesado exmagistrado Jorge Pretelt. Los otros tres  magistrados son afines a Juan Manuel Santos y fueron postulados en su mandato.

Magistrados
Magistrados de la Corte Constitucional Antonio José Lizarazo, Jose Fernando Reyes, Alberto Rojas y Alejandro Linares.

 

Este grupo controvierte, incluso a veces en bloque, con el denominado grupo cercano al presidente Iván Duque. Son ellos, Jorge Enrique Ibáñez, Gloria Stella Ortíz y Paola Meneses. Esta última, elegida recientemente por votación abrumadora en el Senado, a quien se le cuestiona su falta de experiencia para asumir como magistrada y su cercanía con el primer mandatario, como quiera que fueron compañeros de colegio.

Un tercer grupo en la Corte Constitucional, considerado como de independientes, está conformado por Cristina Pardo, quien, pese a que fue la Secretaria Jurídica del entonces presidente Juan Manuel Santos, según funcionarios de la Corte, ha mantenido sus posturas jurídicas imparciales. Junto a ella, hace equipo implícito Diana Fajardo, a quien en la Rama le reconocen sus más de 30 años de trayectoria profesional. 

Estos nueve magistrados que componen la Corte, agrupados en tres facciones, serán determinantes este año. En el contexto de la pandemia, en donde también tienen que decidir centenares de tutelas para evitar privilegios en la vacunación y revisar toda la normatividad expedida tanto por gobierno como por el Congreso, debe decidir si ocho temas clave se ajustaron a la Constitución.

De acuerdo con el reparto correspondiente y las determinaciones de la Sala, los magistrados deben asumir el estudio de la Reforma al Código Electoral. Lo esencial del debate constitucional radica en definir si hubo el suficiente debate en cuanto a la implementación del voto electrónico y el poder que se amplió a la Registraduría.

También genera controversia y revisión, el aumento de las competencias al Consejo Nacional Electoral para investigar y sancionar a particulares. De igual forma, la Corte deberá asumir, el estudio de las encuestadoras en lo que tiene que ver con el manejo de los datos personales de los ciudadanos.  

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Magistrados de la Corte Constitucional Jorge Enrique Ibáñez, Gloria Stella Ortíz y Paola Meneses.

 

Otro asunto de la mayor importancia es la interrupción voluntaria del embarazo. Frente a este tema hay cuatro demandas que tienen como  propósito excluir del Código Penal, el aborto como delito. A esto se suma el precedente de la legalización en Argentina y con este son más de 60 países los que han flexibilizado la normatividad de carácter sancionatorio al respecto.

Y es que a pesar de que la Corte ha instado al Congreso en múltiples ocasiones para que legisle sobre este tema tan sensible, en el Legislativo se han tramitado más de 33 proyectos de ley que no han llegado a buen puerto.

Para el tribunal constitucional también será determinante definir el derrotero de la normatividad sobre los denominados baldíos. Al respecto, señala una fuente del sector justicia que la Corte tiene la misión de fijar posición sobre si particulares pueden solicitar la pertenencia por prescripción de terrenos en favor de los campesinos y otros beneficiarios del Acuerdo de Paz con las Farc. Es decir, debe definir el derecho a la propiedad y la presunción de baldíos.

Incluso en este tema es tan trascendente que varios sectores de la justicia han solicitado a la Corte Constitucional que declare el estado de cosa inconstitucional en materia de gobernanza de la tierra.

La Corte además deberá pronunciarse sobre las curules para las víctimas en desarrollo del Acuerdo de Paz y que están en vilo desde hace varios años. Con estas se buscan revivir los 16 escaños que se hundieron en la plenaria del Senado en el año 2017 con 50 votos a favor y 49 en contra.

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Magistradas de la Corte Constitucional Cristina Pardo y Diana Fajardo.

 

Otro tema sensible es el pronunciamiento de constitucionalidad de la cadena perpetua. Se trata de definir si la modificación que hizo el Congreso del artículo 34 de la Constitución suprimiendo la prohibición de la pena de prisión perpetua y en su lugar se estableció la prisión perpetua revisable, desconoce los fines esenciales del Estado, la prohibición de penas imprescriptibles y crueles, así como su fin resocializador. 

La tarea de definiciones del alto tribunal, implica también revisar una demanda en contra del Acto Legislativo que creó la Región Metropolitana Bogotá- Cundinamarca. En concreto, tiene que estudiar si se vulneró el derecho de las comunidades a realizar consulta previa en las poblaciones indígenas que habitan en la Sabana de Bogotá.

También verificar en este tema, si las decisiones que se generen en la región tienen una jerarquía superior frente a las del Distrito, el departamento y los municipios asociados. 

El séptimo cedazo constitucional tiene que ver con la Ley de Teletrabajo. Y es que cursa una demanda que cuestiona que las normas aplicables a este sistema laboral  estarían excluyendo garantías constitucionales como jornada de trabajo, horas extras, trabajo nocturno y derechos sindicales. Ello, en un contexto de pandemia que ha dejado el desempleo en dos dígitos y el mayor de las últimas décadas en Colombia.

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Discusión en el Congreso por la Ley de financiamiento.

 

La carga jurídica de temas relevantes en la Corte Constitucional se completa con la definición normativa de varios artículos de la denominada reforma tributaria. Este aspecto económico es relevante, como quiera que el año pasado, en anteriores pronunciamientos, el tribunal tumbó cuatro temas tributarios.

Esta vez deberá analizar si la Ley de Financiamiento desconoció los principios que rigen el sistema tributario como el de progresividad, al incrementar el impuesto de renta a las personas naturales y disminuirlo a las personas jurídicas, desconociendo que las personas naturales tienen una menor capacidad de pago. 

Con posturas diversas, cercanía a unos gobiernos más que otros, la presión de sectores interesados y la veeduría de la sociedad, los nueve magistrados que conforman la Corte Constitucional, se aprestan a debatir asuntos  determinantes, en los cuales se aspira a que obedezcan sólo a decisiones del mayor fondo jurídico, como lo está clamado el país.  

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