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Relato de narcotraficante colombiano recluido en cárceles de Estados Unidos hace 16 años

Joaquin Mario Valencia, ‘el Caballista’, fue condenado en 2004 por envío de 600 toneladas de cocaína del Cartel de Cali. En la cárcel Rivers en Carolina del Norte, cumple sentencia de 40 años y detalla su trasegar en prisiones. Un espejo para quienes trafican.

Por Agencia Periodismo Investigativo |

Desde el 31 de enero de 2003, cuando me notificaron de la solicitud de extradición, hasta el 18 de marzo de 2004, que fui extraditado, guardé la esperanza de poder ser escuchado y demostrar que me requerían por hechos que no habían sucedido y por situaciones, que, sí sucedieron, yo no tenía nada que ver con ellos.

Las autoridades colombianas no permitieron o no quisieron valorar las pruebas documentadas, donde estaba claro que los hechos por los que me acusaron no eran de mi autoría. Simplemente dijeron que esas pruebas las podía utilizar para probar mi inocencia en la Corte de Estados Unidos.

Llegué a una cárcel en Tampa, Florida, donde estuve en confinamiento solitario hasta febrero de 2007, casi tres años. Permanecí en una unidad llamada SHU (Special Housing Unit) donde solo había cuatro celdas para una persona. Me sacaban a un patio de alrededor de 50 metros cuadrados a recibir sol por una hora. El patio era encerrado por paredes muy altas con una malla como techo.

En este SHU conocí a seis americanos confinados a pena de muerte que venían a audiencias por las apelaciones o a nuevos juicios. Siempre llegaban allí como el sitio más seguro y difícil.

Allí estuve por orden del fiscal quien pretendía que me declarara culpable, algo que no podía hacer sin comprometer la verdad. Aceptar que había cometido uno de los cinco hechos era mentir, o que cooperara con ellos; una función que pondría en peligro a mi familia y también implicaría mentir.

Durante las tres primeras semanas estuve incomunicado, solo a la cuarta me permitieron llamar a la familia. Fueron días difíciles, comenzaba el desierto.

Me pusieron en la Lista Clinton junto a muchas personas, familiares, empleados y todas las sociedades comerciales; esto provocó que nadie de mi familia podía pagar mi defensa. Cualquier ciudadano americano, incluidos los abogados, tenían que solicitar al Departamento del Tesoro, una licencia especial, la cual la expedían después de tres meses con condiciones que los abogados no podían aceptar.

 

CARCEL DE TAMPA, ESTADOS UNIDOS

 

Por ejemplo, que la plata no podía ser girada por un americano, que no podía venir de ninguna de las personas o sociedades que estuvieran en la Lista. Además, el dinero tenía que declararlo y reportarlo ante el Departamento del Tesoro en los cinco días siguientes al recibo, organismo que se reserva el derecho a incautarlo hasta por cinco años.

Además prohibió a la Asociación de Paso Fino en  Estados Unidos, registrar  equinos de La Luisa, mi criadero desde finales de los setenta. De esa forma, impidieron que pudiera pagar la defensa que yo quería utilizar. A un grupo de abogados negaron la autorización para recibir once caballos como pago de honorarios.

Finalmente me designaron a un abogado ambientalista que no hablaba español, quién venía a visitarme sin intérprete, yo no hablo inglés. Lo mismo ocurría con el investigador, cero español y sin interprete.  Visitas que recibía en una oficina y donde permanecía todo el tiempo, a veces hasta ocho horas, esposado de pies y manos.

Seguía aumentando la temperatura en el desierto. A la suma de los impedimentos para una defensa, estaban los sufrimientos por la ofensa afectiva. A toda la familia le cancelaron la visa. Los hijos eran americanos, pero eran niños que no tenían quien los trajera. Murió mi papá y el hermano mayor.

Tuve una audiencia para demostrar que me habían extraditado por hechos que no existieron o que los autores eran otros. La causa de eso era la mentira creada ante el gran jurado.

La defensa llevó las pruebas ante la Corte. El fiscal aseguró que todo era verdad y que eso era materia de discusión en el juicio, y, que, además, si el agente había mentido a una autoridad extranjera para conseguir la extradición, a mí no me acogía la Cuarta Enmienda de la Constitución americana la cual prohíbe que un agente mienta ante un juez para conseguir la orden de arresto y así falló la juez.

De esa manera, las pruebas que me dijo la autoridad colombiana que presentara aquí en los Estados Unidos, no fueron tenidas en cuenta porque “si el agente mintió en el exterior” es una falta que no la recrimina la Corte y que a mí no me cobijaba la Cuarta Enmienda.

 

CORTE DE ESTADOS UNIDOS

 

Llegué al juicio con la certeza de que con las pruebas que tenía podía ganar. El gobierno enterado de lo que teníamos, decidió violar las condiciones impuestas por Colombia y en lugar de juzgarme por los hechos que me pidió en extradición, lo hizo por 20 hechos que no fueron parte de la solicitud ni fueron revisados y aprobados por la Corte Suprema de Justicia, CSJ, de Colombia. Violación a la Regla de Especialidad, RDE, y con ella violación a mis derechos fundamentales.

En el año 2007 fui sentenciado con una guía de sentencia del año 2001, la cual era más gravosa que la guía del año 2000, año en que dicen ocurrieron hechos que me acusaban. El resultado: otra violación al debido proceso, pues la pena contemplada en la guía del año 2000 para esos delitos era 30 años, pero con la del 2001 era 40. En el año 2008 apelamos.

Al año siguiente, la Corte de Apelaciones dijo, después de reconocer la violación, que la Regla de Especialidad, RDE aplicaba solo a las extradiciones hechas por medio de un tratado, y que como yo había sido extraditado bajo un acuerdo y no por un tratado, carecía de “Standing” o derecho para pedir su aplicación.

Por ser la condena de 40 años, me enviaron a una prisión de máxima seguridad Coleman 2 en Ocala, Florida. Un patio difícil debido al grado de presos que por condena, muchos a cadena perpetua y el uso de alcohol y drogas permanecíamos encerrados por meses a causa de peleas con armas entre pandillas.

En esta parte del desierto conocí un recluso, hijo de padres mexicanos que no hablaba español.  Fue mi compañero de celda y resultó ser un experto en leyes, especialmente, en apelaciones después de juicios. Inteligente, estudioso, inquieto y recursivo, pero de mal genio e impaciente, me ayudó mucho a entender la ley americana, la paciencia y humildad. Sin paciencia y humildad, difícilmente alguien podría convivir con éste amigo por una semana. Dios lo puso en mi camino para pulirme.

Me ayudó a preparar la moción 2255, habeas corpus, que debía presentar antes del 5 de marzo de 2011. Trabajamos en ello dos años y la presenté el primero de  marzo de ese año. En ella reclamamos varias violaciones ocurridas en el juicio, algunas violaciones las desarrolló apoyadas en la ley vigente, otras quedaron solamente preservadas para que las desarrollara un abogado, lo importante era poder radicar la moción antes del vencimiento.

La familia pagó a varios abogados durante los años 2011 a 2018, los cuales eran sustituidos uno por otro por no cumplir con el trabajo prometido. Recuerdo que en el año 2016, un abogado a quien se le había pagado todo el trabajo hasta que la juez decidiera la moción, solicitó que se le girara una prima superior a la convenida y cancelada; como no se le podía pagar, dejó abandonado el caso.

 

FOTOGRAFIA DE SUS PADRES CON VALENCIA

Así las cosas, cuando la juez nos dio una extensión de 30 días como fecha límite para radicar la moción, nos tocó buscar un abogado nuevo que consiguió de la juez una extensión de 60 días, en los cuales solo pude desarrollar dos de los 36 puntos que se habían presentado en marzo.

Por la mala fe del abogado que me abandonó en momento tan apremiante, lo demandé con la ayuda del amigo mexicano, al cabo de ocho meses, decidió hacer una conciliación y devolvernos parte del dinero recibido.

En marzo de 2012, estando en la prisión Coleman 2 esperando ser transferido a Coleman medio, donde se vive más tranquilo, me metieron al SHU sin haber cometido ningún acto que lo motivara. Me dijeron que se trataba de una investigación.

Seis meses después me indicaron que la investigación había concluido, sin ninguna conclusión, que no me podían decir de que se trataba, y que me trasladaban, pero no a la mediana sino a otra prisión de máxima, aunque el traslado se hacía por “razones administrativas” y no por “razones disciplinarias”.

En otras palabras, porque se le antojó a la administración, no porque yo hubiere cometido una falta disciplinaria. ¡Nunca, desde el día que llegué a este país he tenido ni siquiera un llamado de atención!. Sin embargo, el 22 de septiembre de 2012, aterricé en la máxima de la prisión federal Hazelton, Estado de Virginia, un lugar donde la paz espiritual y comunitaria es muy esquiva.

Realmente pude ver la mano poderosa de Dios. Vine a un lugar que nadie quiere estar para encontrar lo que no andaba buscando porque no sabía que existía, pero era lo que estaba necesitando.

Durante el juicio el gobierno retiró el cargo del contenedor, el jurado me encontró inocente del barco Layney D; con exactamente la misma evidencia presentada por el gobierno, el testimonio de un solo testigo.  El jurado me encontró culpable de los barcos Rebelde y “Faraón/Doña Rosa”, aunque el testimonio era igual al del Layney D.  La evidencia en el juicio fue 100% exculpatoria: yo no tenía nada que ver con los tres barcos que me atribuían.

 

FOTOGRAFIA DE VALENCIA CON CABALLOS

 

Pero, siempre un, pero. Faltaba la verdad documentada para probar que el testigo principal, el primero de 37, había presentado falso testimonio y que el gobierno sabía del perjurio.

En Hazelton encontré a un paisano que fue a juicio en el año 2010 y allí, Ramón Orozco, el mismo que mintió el año 2006 en mi caso, había testificado y el gobierno del juicio del paisano, si entregó documentos respaldando el testimonio de Orozco. Esos documentos los ocultó la Fiscalía en mi juicio porque demostrarían que él estaba mintiendo, además de ser exculpatorios para mí. Dios había puesto en mis manos la prueba que las drogas decomisadas en New York,  el cinco de enero de 2000, no me pertenecían.

Dios puso ese paisano, a quien no conocía, en una de las 20 prisiones de máxima seguridad que existen en los Estados Unidos, un lugar al que llegué sin razón alguna. Cuando el gobierno de mi caso se enteró que los dos estábamos en el mismo sitio y que yo tenía esos papeles, sacaron al paisano de inmediato.

Él, al igual que yo, llegó a una máxima después del segundo juicio en el año 2012, el primer juicio tuvo que repetirlo porque el jurado no llegó a una decisión unánime, debía estar un par de años antes de poder solicitar el traslado, pero gracias a que me dio ese material lo sacaron a los 8 meses. A mí me dejaron ahí por tres años más seguí paciente con la certeza de que Dios estaba en control de todo, que no debía desanimarme porque el prometía estar conmigo, no me dejaría.

Esos documentos los presenté en la Corte del juicio. Con esa evidencia se tendría que anular el juicio por una mala conducta del fiscal al presentar evidencia al jurado la cual, él sabía, que era mentira. Ese reclamo quedó inmerso en la 2255, y cuando el abogado me abandonó no había desarrollado ese punto. Mi nuevo defensor no tuvo tiempo de hacerlo y se perdió la oportunidad.

El 11 de septiembre  de  2015 me trasladaron a Hazelton medio. Fue un alivio para mí, pero más para mi familia, ellos veían por la red, la violencia de ese sitio. Era la primera vez que veía árboles en los últimos ocho años de un encierro total en paredes muy altas que impedían todo contacto visual con el exterior, a un sitio donde se veía a través de la malla metálica los venados y los pavos silvestres.

En el año 2017 la juez del caso falló la moción 2255, dijo con respecto a la violación a la Regla de Especialidad, RDE, que los Estados Unidos no la habían violado y en consecuencia yo no tenía derecho a un juicio nuevo.

 

FOTOGRAFIA DE BARCOS EN EL MAR LLEVANDO DROGA

 

Una vez más vi la injusticia, el veredicto, las notas diplomáticas y el concepto rendido por la firma legal de Washington DC contratado por Colombia, Valrum Consulting Services, demuestran la violación que los Estados Unidos  niegan a pesar de la evidencia mencionada.

En la decisión 2255, el gobierno y la juez aceptaron que me tenían que hacer una nueva sentencia debido a que la primera violaba la Quinta Enmienda de la Constitución americana.

El 13 de diciembre 2017, se llevó a cabo la audiencia para la nueva sentencia. Solicité al gobierno colombiano que se hiciera presente un representante de Colombia para que no se permitiera que me sentenciaran por hechos por los que no fui solicitado ni entregado en extradición, o sea para evitar que se violara la Regla de Especialidad y con ella mis derechos fundamentales.

Colombia se negó a darme esa asistencia consular, aunque ese es uno de sus deberes conforme a la directiva presidencial 07 de 2005 y la Convención de Viena sobre relaciones consulares.

Como estaba previsto, lo que presumíamos resultó realidad. A pesar de que la defensa trató de impedir la sentencia por hechos no autorizados por Colombia, la juez promulgó la misma sentencia: 40 años.

El desierto continúa, Estados Unidos violó las condiciones, el gobierno colombiano  desconoce en las notas diplomáticas del año 2014 que las condiciones impuestas no se tuvieron en cuenta en ninguna de las etapas del proceso y pidió la revisión porque  saben que las consecuencias sería la repatriación y le temen a una demanda.

 

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA DE ESTADOS UNIDOS

 

Colombia no ha querido elevar una nota de protesta que, según la ley vinculante del circuito segundo, es: “un colombiano extraditado por Colombia a los Estados Unidos podía obtener “standing” prudencial para levantar el reclamo que su sentencia violó los términos de su extradición si el gobierno de Colombia primero hace una protesta oficial”.

Algo tan claro y sencillo es lo que el gobierno de Colombia no ha querido hacer, una protesta oficial porque la violación a la Regla de Especialidad, RDE, fue trasgredida por las autoridades encargadas de mi caso.

Si a los ministerios de Justicia y de Relaciones Exteriores hemos pedido por varios años que expidan esa protesta, no lo han hecho. Sin embargo, al juez de tutela le mintieron diciendo que habían atendido todas mis peticiones. La Corte Suprema de Justicia creyó y negó la tutela. ¿A quién debo acudir?.

Las rejas, los guardianes, la separación de la familia, aunado a las violaciones de los derechos fundamentales son difíciles, pero devastador es ver que quien debe abogar por la reparación de ellos, los ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores,  mientan al Tribunal Superior de Bogotá.

Solicitan  que niegue el amparo de la tutela porque esta solo procede como última instancia después de haberse agotado todos los recursos legales, y que yo todavía dispongo de recursos de defensa en los Estados Unidos para hacer valer mis derechos.

La verdad es otra; en múltiples ocasiones hemos pedido la nota de protesta. Inicialmente dijeron que tenían que confirmar que la RDE si fue infringida. Posterior a estar confirmada la transgresión se elevó la nota diplomática firmada por los dos ministros. Luego se enviaron otras notas que fueron ignoradas por completo.

Incluso, la nota de protesta que es la única acción requerida  por la normatividad legal en Estados Unidos  para que el extraditado  pueda tener standing prudencial para levantar el reclamo que su sentencia desobedeció los términos de su extradición, no la han querido enviar.

 

FOTOGRAFIA DE LA CANCILLERIA EN COLOMBIA

 

Sin nota oficial de protesta no tengo ninguna posibilidad de reclamar la violación de la RDE, las demás condiciones impuestas y mis derechos fundamentales.

Mientras tanto continúo en la Institución Correccional Rivers en Carolina del Norte, una cárcel de baja seguridad a donde llegué el cuatro de  mayo de  2018, por  buen comportamiento que he tenido durante todos estos años.

Sigo orando, sigo luchando gracias a Dios y a la ayuda de esos seres maravillosos que me tocaron como hermanos. Sigo con grande esperanza que un juez que no tema perder su visa, conmine al Señor Presidente cumplir con su deber constitucional de velar por mis derechos fundamentales que negoció con Estados Unidos y que irrefutablemente fueron y continúan violando. Dios quiera que la Corte Constitucional revise la tutela y proceda a hacer justicia.

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