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La misión imposible de lograr cadena perpetua para violadores

El asunto se reactivó en los últimos días pero su aprobación requiere tramites complejos. Modificar la Constitución, pasar revisión de la Corte Constitucional y hacer cambios en tratados internacionales, son las tareas que se deben adelantar para lograr el objetivo. Desde hace cerca de 20 años candidatos en campaña plantean la iniciativa para buscar votos pero nunca consolidan la propuesta.

Por Agencia Periodismo Investigativo |

Desde hace dos décadas el tema de impulsar un proyecto de ley o un referendo con miras a imponer la cadena perpetua como sanción penal en contra de violadores de menores de edad se incluye en la agenda mediática y política, especialmente en época de elecciones o al inicio de periodos legislativos. 

Esto, a pesar de las voces de los académicos penalistas y constitucionalistas que indican que para ello hay que modificar el artículo 34 de la Constitución y los tratados internacionales firmados y ratificados por Colombia que hacen parte del bloque de constitucionalidad y que establecen la abolición de las penas perpetuas como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocida como el Pacto de San José de Costa Rica.

Hace una década, Gilma Jiménez, del Partido Verde, quien inició su carrera política de la mano de Enrique Peñalosa, renunció al Concejo de Bogotá en el año 2010 para lanzarse al Senado. Logró su curul y se constituyó como la segunda mayor votación con 207.000 sufragios, gracias a su propuesta de imponer la cadena perpetua en contra de violadores de niños y adolescentes.

Sin embargo, esta iniciativa solo llegó a la recolección de un poco más de dos millones de firmas para convocar un referendo. En mayo de 2010, la Corte Constitucional, hundió la iniciativa por vicios de trámite en cuanto al certificado de topes de financiamiento del comité promotor, la diferencia entre el texto que firmó la ciudadanía y el presentado, entre otros. En diciembre de 2010, la congresista, radicó por segunda vez dicho proyecto de ley, pero este tampoco prosperó. El 29 de junio de 2013 falleció y al año siguiente, su hija Yohana Salamanca Jiménez, tomó sus banderas y cimentó su campaña al Senado con la misma propuesta.

Gilma


En su momento cinco partidos, haciendo cálculos electorales se disputaron tenerla en sus listas, sin embargo, al final el pulso lo ganó el Partido de La U. Pero, quedó demostrado que el voto de opinión no es endosable. Ni siquiera el inscribir su candidatura con el apellido de su madre, Yohanna, logró heredar sus votos y se quemó en las urnas. En el 2018 volvió a intentarlo, esta vez por el Partido Centro Democrático, pero su propuesta de cadena perpetua para violadores fue insuficiente para convencer a los electores y lograr por fin una curul, pues únicamente logró 11.376 sufragios.

Pero la propuesta de cadena perpetua para violadores de menores no fue exclusiva de Gilma Jimenez y su hija Yohanna. Congresistas de casi todos los partidos, han intentado obtener réditos electorales de una propuesta, calificada por expertos como populista, o incluso para lograr réditos mediáticos.

La trazabilidad del tema efectuada por la Agencia de Periodismo Investigativa, API, a las iniciativas en el Congreso da cuenta de los proyectos de ley 029, 214 de 2015; 029, 055, 240 de 2017; 066, 244, 255 de 2018. El más reciente es el proyecto 352 de Cámara presentado el pasado 26 de marzo por cerca de 20 parlamentarios que tiene ponencia negativa.

Esta señala que “(…) algunos estudios sugieren que el efecto que se genera como resultado de la imposición de penas tan severas, y que tampoco fue tenido en cuenta como un efecto de la medida propuesta, es el de “brutalización” que más que enviar el mensaje de disuación lo que transmite es un mensaje de venganza que puede incrementar la violencia”.

Casi todos los legisladores de la mayoría de partidos han suscrito y radicado iniciativas en el mismo sentido. Muchos de ellos aprovecharon el respaldo popular de la propuesta para acudir a los medios de comunicación, como los congresistas Efraín Torres, Martha Patricia Villalba, Maritza Martínez, Tatiana Cabello o Jaime Buenahora, entre otros.

Efraín


Dichas iniciativas legislativas no prosperaron luego de que éstas fueran retiradas por los autores o archivadas tras la explicación de académicos, abogados y expertos que indicaron del porque era inaplicable la iniciativa en un país que prohibió la pena perpetua en el Código Penal de 1936 y bajo la Constitución de 1886.

Penalistas consultados, como el exministro de Justicia, Yesid Reyes, precisan que imponer la cadena perpetua desconocería el fin de la pena que es la resocializacion, la prevención y la retribución justa, no la venganza. También recuerdan que Colombia tiene sanciones penales elevadas y se cuentan entre las más altas del continente.

Por ejemplo, en Suramérica, países como Argentina contempla una pena máxima de 35 años, Brasil de 30 años, Ecuador, 35 años; Panamá 50 años cuando se trata de concurso de delitos. En Perú se habla de cadena perpetua la cual será revisada a los 35 años. Lo propio sucede con Chile cuya revisión se realiza a los 40 años. Uruguay contempla una pena máxima de 30 años y Venezuela de 30.

En Colombia la pena máxima es de 60 años cuando la víctima del delito es un menor de edad, desde la ley que promulgó el Código de la Infancia y la Adolescencia, la ley 1098 de 2006, cuando se trata de homicidio o delitos contra la libertad y la integridad sexual en contra de menores, impide que los condenados reciban beneficios como libertad condicional, permiso de hasta 72 horas al cumplir la tercera parte de la condena, e incluso rebaja por estudio o trabajo. Sin embargo, la Corte Constitucional declaró inexequible la prohibición de reducción de pena por estudio y trabajo por desconocer el fin de la pena de la resocialización.

 

Prisión


Países como Canadá y Estados Unidos que sí contemplan en sus legislaciones, la cadena perpetua, está comparada con las penas que ya contempla la ley en Colombia resultan incluso más favorables. 

Mientras en el país no se permite la libertad condicional para violadores de niños desde el 2006, en Canadá los condenados a cadena perpetua se revisa a los 25 años de pena la posibilidad de conceder libertad condicional en los casos de homicidio en primer grado y a los 10 años de condena si es por homicidio en segundo grado. 

En el caso de Estados Unidos, la cadena perpetua se impone a delitos graves, e incluso también es posible imponerla en contra de menores de edad. Se calcula que allí más de dos millones personas están tras las rejas; de estas 140.000 personas purgan esta condena, así como 3.000 menores. Sin embargo, en la mayoría de los casos esta se revisa entre los 15 y los 50 años si se otorga la posibilidad de libertad condicional, analizando el delito y el comportamiento en prisión. Únicamente el 14% de los casos no se contempla la revisión de sus condenas.

Caso similar ocurre en Francia. El homicidio y la violación en concurso con otras conductas conllevan a la imposición de cadena perpetua, pero esto no implica que la persona pasará toda la vida en prisión. Hace 14 años se elevó el periodo de prueba de 15 a 22 años. Es decir, que transcurrido este tiempo, el penado puede solicitar se revise si es apto para optar por libertad condicional y la disminución de su condena.

En Alemania, el sistema penal prefiere la imposición de sanciones económicas. En los casos más graves las penas oscilan hasta los 15 años de prisión. La cadena perpetua es posible en delitos de lesa humanidad, pero solo pasará 15 años en prisión. Tampoco es posible sumar penas, esto con el propósito de lograr la rehabilitación del recluso

 

trino


En el contexto colombiano, los delitos sexuales son los de mayor crecimiento en el país, si bien no es claro si en su comisión si lo es en el número de denuncias. Según registros del Inpec y del Consejo Superior de la Judicatura, más de 15.000 personas están privadas de la libertad procesadas por delitos sexuales.

Adicionalmente, según registros de la Fiscalía General de la Nación, en los primeros seis meses de 2019 se han registrado 7.133 noticias criminales por el delito de actos sexuales abusivos con menores de 14 años y 4.662 por el de acceso carnal abusivo con menor de 14 años.

Otras cifras de Inpec dan cuenta que 5.207 personas están privadas de la libertad por el delito de acto sexual con menor de 14 años, las cuales ya están condenadas. Otras 2.938 son sindicadas. En lo que tiene que ver con el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años hay 4.369 condenados en las cárceles y 2.324 sindicados.

Un interno le cuesta al estado aproximadamente $16 millones anuales según cifras oficiales, lo que implica que una persona que purgue una pena de 50 años de cárcel indistintamente el delito, este implicará una erogación al presupuesto de más de $600 millones. Un hecho que por temas presupuestales también se empieza a discutir en muchos países, entre esos Estados Unidos. 

En Colombia constitucionalistas cuestionan la ausencia de verdaderas políticas preventivas que impliquen la reducción de delitos en contra de menores de edad, desde la educación, la conciencia y la verdadera protección.


La más reciente referencia al tema la hizo el presidente Iván Duque. Al respecto, manifestó “llegó el momento de evaluar la prisión perpetúa para violadores de niños”. El debate revive pero su aprobación en casi una misión imposible. 
 

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