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Cerco de la Superfinanciera a la moneda virtual bitcoin

El organismo se pronuncia de nuevo frente a la polémica criptomoneda. Advierte que no está regulada y que puede generar captación ilegal de recursos. La moneda pierde valor en Colombia y es ofrecida en pequeños negocios y en las regiones. Inversionista asume el riesgo.

Por Agencia Periodismo Investigativo |

En Colombia, ya existen más de 27 cajeros automáticos para la compra y retiro de las denominadas bitcoin, criptomonedas o monedas virtuales. De estos, 25 están ubicados en las principales capitales del país como Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y Pereira. El más reciente se instaló hace diez días en Cúcuta, uno de los territorios más afectados por la migración masiva de venezolanos que han llegado a la ciudad, huyendo de la difícil situación de su país. El otro cajero de criptomonedas se encuentra en La Hormiga, Putumayo, justo en el corazón  en donde David Murcia Guzmán, extraditado en 2009 a Estados Unidos, fundó la principal captadora ilegal de dinero en el país DMG, mediante la cual cerca de 500.000 hogares fueron estafados a nivel nacional.

Pero no son solo cajeros. En panaderías, papelerías, peluquerías y tiendas de barrio cada vez es más frecuente avisos que hacen referencia al bitcoin. El interés por la moneda virtual no cesa, incluso entre personajes públicos. Es el caso de la actriz de cine para adultos, Esperanza Gómez, quien hace unos meses lanzó su propia criptomoneda, llamada ‘Whim’. Sin embargo, la Superintendencia Financiera acaba de reiterar que en Colombia, las criptomonedas, monedas virtuales o bitcoin no son legales. 

La superintendencia en respuesta a un reciente derecho de petición dejó en claro que “con respecto a las inversiones en criptomonedas, es preciso señalar que no constituyen una moneda de curso legal en Colombia”. Así mismo, la entidad, advirtió  que precisamente las entidades sometidas a su vigilancia, control e inspección, no están autorizadas para comprar, vender, negociar, promover, ofertar, cambiar, ni publicitar ningún tipo de criptomoneda, bitcoin o moneda virtual.

Su pronunciamiento se derivó de un derecho de petición interpuesto en la ciudad de Cali, sobre la firma “AirBitcoin” o “AirBit Club”. Una firma con miles de seguidores en las principales redes sociales como Twitter, Facebook que invita a “realizar una inversión 100% segura y rentable, cambia tu vida, cumple tus sueños y vive con la libertad financiera que siempre has buscado”. La Superintendencia manifestó que no se encuentra sometida a la inspección, vigilancia y control por parte de la entidad. Por esta razón no está autorizada para captar masivamente recursos del público. 

Bitcoin

Desde 2016, circula en Internet un video denominado AirBit Club, en el que se cuestionan los manejos de los líderes de esta firma. En concreto, a personas como Margarita Cabrera Moncayo, Renato Rodríguez o Gutemberg Dos Santos, extranjeros  a quienes incluso denuncian públicamente porque en el pasado mediante sistemas piramidales  presuntamente afectaron a cientos de personas en varios paises de Latinoamérica con empresas como WCM 777, Kingdom777, Vizinova, quienes ahora serían los mismos creadores de AirBir Club, entidad respecto de la cual se acaba de pronunciar la Superintendencia Financiera en Colombia.

Para una empresa que promueve las criptomonoedas o monedas virtuales, como Airbit Club, la internet ha sido su principal medio de promoción. Es así como existen un sinnúmero de cuentas asociadas a esta marca desde AirBit Club Oficial, AirBit Club Latinoamerica hasta AirBit Fusagasugá. También las páginas especializadas en bitcoins o criptomonedas la describen como una de las principales compañías del sector que “realiza minería y trading en diferentes criptomonedas y da la posibilidad de adquirir tres opciones de membresia las cuales dejan unos porcentajes diarios de ganancia” se lee en una de las tantas plataformas que sobre criptomonedas pululan en la red. Además, indica que es patrocinadora oficial de grandes eventos internacionales como la competición automovilística Nascar en México.

No obstante, la actividad de la empresa genera puntos de vista diversos. Uno de los supuestos afectados es Guillermo Álvarez Sánchez quien denunció públicamente a esta empresa, “yo ingresé a su negocio del bitcoin y en tan sólo cuatro meses ya bloquearon mis membresias que ascienden a US$10.000. Por favor, no te metas en problemas es mejor tener el dinero en tu bolsillo”. De inmediato, varios seguidores de la firma de criptomonedas no sólo descartaron la denuncia sino que en algunos casos cuestionaron despectivamente el señalamiento.

Es tal es furor por el bitcoin que sus seguidores hacen caso omiso de las advertencias de las entidades de regulación en varios países. Por ejemplo, la Comisión Nacional de Mercado de Valores en España que a comienzos de este año generó una alerta sobre la empresa AirBit Club al señalar que dicha sociedad y sus filiales no están inscritas en la entidad reguladora razón por la cual no tienen autorización para ofrecer los servicios de inversión. Idéntico caso que en Colombia se reitera con el nuevo pronunciamiento de la Superintendencia Financiera. Incluso, desde la perspectiva penal, el año pasado se presentaron 407 denuncias por captación ilegal de dinero en Colombia.

Superfiannciera

Al responder un derecho de petición, a un ciudadano en Cali, una capital en la que meses atrás precisamente la empresa AirBit instaló uno de los primeros cajeros automáticos para la comercialización de moneda virtual, la Superintendencia Financiera encontró que la sociedad AirBit Club promociona su actividad a través de una página web en donde se manifiesta que la actividad realizada corresponde a presuntas operaciones de compra y venta de criptomonedas efectuada por supuestos expertos en la materia a través de la adquisición de membresias o paquetes de inversión y de manera complementaria, “promueven planes de compensación y bonos a partir de la incorporación de referidos y de esta manera garantizar las rentabiidades prometidas”.

En la respuesta la entidad precisó que la captación no autorizada de dineros del público se presenta de acuerdo a la normatividad vigente cuando existen hechos objetivos o notorios que a juicio de la Superintendencia de Sociedades de oficio o a solicitud de a Superintendencia Financiera indiquen la entrega masiva de dineros a personas naturales o jurídicas directamente o a través de intermediarios mediante la modalidad de operación de captación o recaudo en operaciones no autorizadas, tales como pirámides, tarjetas prepago, ventas de servicios y otras operaciones a cambio de bienes o rendimientos sin explicación financiera razonable.

Así mismo, recordó que la captación masiva y habitual de dineros está penalizada por la legislación colombiana que establece que quien desarrolle, promueva, patrocine, induzca, financie, colabore o realice cuaquier otro acto para captar dinero del público en forma masiva y habitual sin contar con la autorización de la autoridad competente incurrira en prisión con una pena que oscila entre los 10 y 20 años.

Concretamente, respecto al bitcoin o moneda electrónica, la Superintendencia recalcó que no constituye una moneda de curso legal en Colombia y que por lo tanto en el país no existe la obligación de aceptar como medio de pago los cupones virtuales o monedas electrónicas pues no es un activo que tenga equivalencia al peso colombiano “que es el único medio de pago legalmente reconocido y de obligatoria recepción en nuestro país”. De igual forma destacó que los cupones de pago o monedas virtuales no constituyen divisas pues tampoco están reconocidos por los bancos centrales de ningún país, por lo tanto las transacciones o negociaciones que realicen las personas que residen en Colombia con dichos cupones o monedas virtuales están excluidas de la protección legal en el país pues no están respaldados por las autoridades monetarias colombianas.

“La actividad de compra-venta de criptomonedas o bitcoins en el país no ha sido regulada; lo que sí podría constituir una actividad de captación ilegal, es la promoción de este negocio bajo esquemas piramidales donde se garanticen rendimientos por el hecho de invertir en estas criptomonedas con el compromiso de vincular más personas que igualmente vinculen a otras y traigan aportes que en últimas son la única fuente de pago de los beneficios que la plataforma o persona promete”, reiteró la Superintendencia.

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Facsímil Superfinanciera referente a la captación ilegal de dinero público 

A este hecho se suma, que desde el 29 de septiembre de 2016 el Banco de la República y la Superintendencia de Sociedades advirtieron sobre los riesgos de invertir en este tipo de moneda. Esta última entidad además, ha hecho varios señalamientos a firmas que promocionan sus paquetes de inversión o membresías para ser comecializadas a través de presuntos sistemas multinivel o mercadeo.

Al compromiso por la legalidad financiera, también se sumó el anuncio que la semana pasada efectuó Google, el buscador más importante del mundo, al bloquear a más de 531.000 enlaces y personas que ofrecen servicios financieros no autorizados. De hecho, desde el año pasado el buscador incluyó 44 nuevas reglas para anunciantes y anuncios, entre los cuales estuvieron las criptomonedas. Según Google los anuncios de criptomonedas pudieron generar daños en el consumidor mediante publicidades fraudulentas por lo cual decidieron prohibirlos.

Otro antecedente que obligó a la intervención de la Superfinanciera se produjo el pasado 19 de julio cuando el organismo de vigilancia intervino a la sociedad Ping Nine SAS. Esta compañía venía efectuando captación ilegal de recursos del público mediante la figura de bóveda virtual para almacenamiento de criptoactivos. Se trataba de una venta o alquiler de una bóveda virtual en donde ofrecían a los usuarios una rentabilidad de entre el 30% y el 40% más la devolución del 100% del dinero pagado en un plazo de 30 días hábiles. Se ordenó a la compañía y a su representante legal, Óscar Andrés Vargas Hoya, a suspender las operaciones de captación y a prácticamente cerrar el negocio.

El Banco de la República ha evidenciado los riesgos de esta moneda virtual. Señala que puede utilizarse para lavado de activos, financiación del terrorismo y evasión tributaria. Frente a la regulación y a países como Estados Unidos, Canadá y México que ya establecieron normas y han fijado reglas sobre lavado de dinero, financiación de grupos subversivos, impuestos, registro y licencias y tecnología, Colombia escasamente cumple con advertir al consumidor.

No obstante, según un informe del mes pasado, elaborado por el Conglomerado de Monedas Virtuales, Coin Dance y cifras de Colombia Fintech, se reveló que en el país se comercializan $6000 millones semanalmente en bitcoins. Lo anterior, pese a la caida de casi el 60% de su valor en el último año.

Con el nuevo pronunciamiento de la Superintendencia Financiera, se reafirma que   que la actividad del bitcoin no esta regulada en Colombia, por ello es responsabilidad de cada inversionista hacer negocios con esta moneda virtual y asumir los riesgos financieros que de allí se deriven. 

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