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Lista de modificaciones prohibidas para carros y motos en Colombia; y su multa

Ponga atención de los cambios que no le puede hacer a las luces, placas, pintura, entre otros aspectos de su vehículo.

Restricción motos
Por Laura Cortés Lamilla | Lun, 25/09/2023 - 12:34 Créditos: Alcaldía de Bogotá

La adquisición de un vehículo brinda mayor comodidad y movilidad en las ciudades del país. Sin embargo, de acuerdo con la ley no se puede realizar cualquier modificación que desee, pues existen normas y regulaciones que debes seguir para garantizar la seguridad vial y evitar sanciones legales.

Modificaciones prohibidas para carros

Luces

En Colombia, las luces delanteras, de reversa y de posición deben ser de color blanco, mientras que las luces traseras deben ser de color rojo, siguiendo las normas internacionales. Modificar los colores de las luces o instalar bombillas de luz halógena diferentes a las originales está prohibido y puede resultar en multas.

Placas

Las placas del vehículo, al igual que los registros del motor, chasis y serie, no pueden ser cambiadas, modificadas, adulteradas ni retocadas. Solo se permite modificar el número de motor en caso de cambio, previa autorización de los organismos de tránsito y aduana. Cualquier intento de alterar las placas puede resultar en sanciones legales.

Pintura del carro

Si desea cambiar el color de tu vehículo, debe seguir un proceso específico que incluye la solicitud en las entidades autorizadas en tu ciudad. Es importante asegurarse de estar al día con multas e infracciones, estar registrado en la plataforma Runt y tener un seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) vigente. En Bogotá, por ejemplo, debe completar un formulario de solicitud de trámites del Registro Nacional Automotor y esperar la respuesta de la entidad.

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Modificaciones prohibidas para motos

Porta placa

Para motocicletas, si desea utilizar un portaplacas, asegúrese de que no obstaculice la identificación de la placa. Modificar las placas o utilizar placas falsas en una motocicleta es una infracción, por lo que debe cumplir con las regulaciones de tránsito.

Resonadores

Los motores ruidosos suelen asociarse con motocicletas de alta gama. Si planea modificar el escape de aire de su motocicleta con resonadores u otros dispositivos para aumentar el ruido, tenga en cuenta que esto está prohibido según el artículo 104 del Código Nacional de Tránsito. Además, existen límites de ruido permitidos, siendo de 75 decibeles en el día y noche en zonas industriales, que son las de mayor tolerancia en la materia. En zonas residenciales lo máximo son 65 decibeles en el día y 45 decibeles en la noche.

Luces de Policía

El uso de luces estroboscópicas, luces intermitentes de alta intensidad y dispositivos similares está reservado para vehículos de emergencia, como bomberos, ambulancias, fuerzas militares, policía y autoridades de tránsito y transporte. Utilizar este tipo de luces en motocicletas particulares está prohibido.

Multas

 La Policía de Tránsito podría sancionarlo con una multa que supera los $300 mil si no cumple con las anteriores especificaciones. 

 

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