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Avalancha Mocoa: absuelven a exgobernadora de Putumayo, Sorrel Aroca

La Fiscalía la acusaba como presunta responsable del delito de homicidio culposo en concurso homogéneo.

Sorrel Aroca
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 24/11/2023 - 15:34 Créditos: Red social X @sorrelaroca

La Corte Suprema de Justicia tomó la determinación de absolver a la exgobernadora de Putumayo, Sorrel Parisa Aroca Rodríguez, acusada por la muerte de 336 víctimas fatales en la avalancha de Mocoa, ocurrida en la noche de 31 de marzo y madrugada de 1 de abril de 2017.

La decisión se toma tras un homenaje a las víctimas fatales de la catástrofe natural que además dejó cerca de 400 heridos y más de 22.000 personas damnificadas.

En decisión unánime leída públicamente este viernes, la Sala Especial de Primera Instancia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró a la exmandataria departamental inocente de la acusación que la Fiscalía General de la Nación hizo en su contra como autora del delito de homicidio culposo en concurso homogéneo.  

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"Según la decisión de primera instancia, si bien la Fiscalía demostró que la acusada ostentaba la posición de garantía en materia de Gestión del Riesgo de Desastre respecto de la población del Departamento, para el específico caso de los 336 fallecimientos sucedidos en Mocoa entre la noche del 31 de marzo y la madrugada del 1º de abril de 2017, las actividades cuya omisión fueron reprochadas en la acusación escaparon del marco funcional de competencia de Sorrel Aroca y, además, extralimitaron las posibilidades de actividad que aquella hubiere podido ejecutar", expuso la Corte.

Según la Corte, no se ha podido establecer que la acusada tenía conocimiento del pronóstico contenido en el contrato de interventoría, el cual, según la acusación, anticipaba la ocurrencia del desastre natural que resultó en la pérdida de numerosas vidas humanas.

Además, el Alto Tribunal determina que la acusada no contaba con la confiabilidad necesaria para llevar a cabo acciones de rescate, las cuales se señalan como la causa fundamental de las defunciones.

Resaltó la Corporación que a la Fiscalía le correspondía demostrar que la conducta omisiva de la acusada incidió en el deceso de las 336 personas, aspecto respecto del cual no medió prueba que pudiere acreditarlo. En tal medida, al no haber podido demostrar la existencia de la conducta delictiva, ni la responsabilidad en cabeza de la acusada, le declaró inocente.

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