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Tribunal Superior de Bogotá anula reintegro de Ana María Castaño a la UNGRD

La decisión se tomó al constatar que Leónidas Name Gómez no tuvo oportunidad de defender su estabilidad laboral, devolviendo el caso al juzgado original para corregir las irregularidades.

Ana María Castaño ungrd
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mar, 04/06/2024 - 13:17 Créditos: Red social X

El Tribunal Superior de Bogotá ha decidido anular el fallo de tutela que ordenaba el reintegro de Ana María Castaño a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Esta determinación se fundamenta en la violación de los derechos al debido proceso, defensa y contradicción de Leónidas Name Gómez, quien había sido designado en el cargo ocupado por Castaño.

La anulación del fallo se debe a que Name Gómez no tuvo la oportunidad de pronunciarse sobre la tutela que afectaba directamente su estabilidad laboral. Según el Tribunal, la exclusión de Name Gómez del proceso judicial representó una falta grave que comprometía sus derechos fundamentales.

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Contexto del caso

Ana María Castaño, cercana al exdirector de la UNGRD Olmedo López—quien actualmente enfrenta un escándalo de corrupción—, había sido retirada de su cargo, que posteriormente fue ocupado por Leónidas Name Gómez desde el 8 de abril de 2024. Castaño alegó en su tutela que se habían vulnerado sus derechos fundamentales, incluidos la estabilidad laboral por maternidad, seguridad social y salud.

 Además, se criticó a la juez 31 penal del circuito por no resolver adecuadamente el incidente de nulidad presentado por la UNGRD y simplemente corregir un error en la fecha del fallo. También se identificaron errores en las constancias secretariales y en la contabilización de términos, complicando aún más el proceso.

El Tribunal ordenó la nulidad de todo lo actuado desde la admisión de la tutela de Castaño y devolvió el caso al juzgado original para corregir las irregularidades procesales. Esta decisión ha sido celebrada por Carlos Carrillo, director de la UNGRD, quien la calificó de "justa".

 

 

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