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Consejo de Estado revoca personería jurídica al partido político Independientes

Autoridad judicial concluyó que el acto demandado incurrió en infracción de norma superior y en falsa motivación.

Partido Independientes
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 16/05/2024 - 20:23 Créditos: Red social X @independienteco

La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la personería jurídica al partido político Independientes, movimiento de excalcalde de Medellín Daniel Quintero.

Esta decisión surge como respuesta a una demanda interpuesta por el veedor Luis Humberto Guidales, de la Veeduría Transparencia Electoral. En dicha demanda, se solicitó la nulidad electoral de la resolución emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), la cual otorgó personería jurídica al movimiento Independientes, permitiéndole convertirse en partido político.

La referida autoridad judicial concluyó que el acto demandado incurrió en infracción de norma superior y en falsa motivación.

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En cuanto lo primero, señaló que la decisión del CNE desconoció el contenido del artículo 108 Constitucional, particularmente, en cuanto hace a la exigencia de demostrar un apoyo ciudadano no inferior al3 % de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional para las elecciones al Senado de la República o Cámara de Representantes.

"Contrario a lo sostenido en el acto demandado, dicho requisito no puede flexibilizarse (i) con fundamento en el acuerdo de paz suscrito con la extinta guerrilla de las Farc, ante la falta de valor normativo del mismo; (ii) considerando que «Independientes» adhirió a las listas de candidatos presentados por el «Pacto Histórico», en tanto dicho actuar no es permitido a los grupos significativos de ciudadanos; y (iii) no puede acreditarse con la votación obtenida en certámenes electorales diferentes a los expresamente consagrados en la norma superior", argumentó el Alto Tribunal.

La segunda infracción se refiere a una posible violación de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, que establece que solo las organizaciones políticas con personería jurídica pueden adherirse válidamente a un candidato de coalición. En las elecciones de 2022, el movimiento Independientes no contaba con personería jurídica para adherirse al Pacto Histórico, como argumentaron en su defensa durante este proceso.

"el acto demandado es falso en su motivación, en tanto desconoció que las aspiraciones de los señores Alex Xavier Flórez Hernández y David Alejandro Toro Ramírez, fueron avaladas realmente por el movimiento político Colombia Humana, aspecto que permite concluir que su militancia es con dicha colectividad y no con «Independientes», siendo esto último lo sostenido por el Consejo Nacional Electoral en la resolución demandada", destacó el Consejo de Estado.

Daniel Quintero, directamente afectado con la decisión del Consejo de Estado hizo referencia al acto y expresó que "Contra viento y marea pero con Dios por delante. Aquí no nos rendimos. Saldremos a las calles a buscar las firmas que sean necesarias para participar y ganar las próximas elecciones presidenciales".

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