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Consejo de Estado deja en firme continuidad de Miguel Polo Polo en el Congreso

Para el Alto Tribunal, Polo Polo no incurrió en doble militancia.

Miguel Polo Polo
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 31/08/2023 - 14:12 Créditos: Red social x @MiguelPoloP

La Sección Quinta del Consejo de Estado dejó en firme la curul del representante a la Cámara por la circunscripción especial afrodescendiente, Miguel Polo Polo, luego de resolver varias demandas por su elección como congresista.

En un fallo de 33 páginas y con ponencia de la magistrada Rocío Araújo Oñate, el Consejo de Estado determinó que Miguel Polo Polo, no incurrió en doble militancia, por ende, podrá continuar con sus labores como Representante a la Cámara.

La demanda que originó este proceso, alegó que Polo Polo no acreditó el cumplimiento de los requisitos para acceder a un escaño a la Cámara de Representantes por la circunscripción especial afrodescendiente.

Además, afirma que incurrió en la prohibición de doble militancia, por el hecho de que un ciudadano perteneciente a una comunidad indígena fuera inscrito a la Cámara de Representantes por la circunscripción afrodescendiente, con el aval de esta última minoría.

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Ante los argumentos de las demandas, el Consejo de Estado determinó que las únicas exigencias para obtener una curul en la Cámara de Representantes por la circunscripción afrodescendiente, son: ser ciudadano en ejercicio y mayor de 25 años; ser miembro de la respectiva comunidad y; estar avalado por una organización inscrita en la Dirección de Asuntos de Comunidades Negras del ministerio del Interior, los cuales fueron debidamente acreditados por Polo Polo.

"En relación con estos dos últimos requisitos se valoraron las pruebas, con las cuales se pudo evidenciar que el representante a la Cámara fue avalado y es miembro de la comunidad afrodescendiente 'Fernando Ríos Hidalgo', de conformidad con el certificado del 10 de abril de 2022, proferido por el representante legal y la certificación del 7 de octubre de 2021 del ministerio del Interior", expone el Consejo de Estado.

Y agrega que: "acreditó el autorreconocimiento del demandado como miembro de la comunidad afrodescendiente y, que de acuerdo con la Resolución 199 del 16 de agosto de 2019, esta organización está inscrita en la Dirección de Asuntos de Comunidades Negras del ministerio del Interior".

Además, enfatizó que al examinar las regulaciones pertinentes para la participación de la comunidad afrodescendiente en procesos electorales o en sus ámbitos específicos, no se establece ninguna restricción para que los individuos de origen afro puedan ser o hayan sido simultáneamente miembros de una comunidad indígena.

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