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Así quedó radicada en el Congreso de la República la Reforma Pensional

Ya hay acuerdo en 44 artículos, 29 más sin proposición y siete con acuerdo parcial.

Ponencia Reforma Pensional
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mar, 30/05/2023 - 18:06 Créditos: Twitter @marthaperaltae

Ante la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes fue radicado por la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, la Reforma Pensional.

El articulado pensional 'Cambio por la Vejez' está compuesto por 86 artículos, de los cuales 44 ya están acordados, no hubo proposiciones o modificaciones en 29 puntos y más de 10 tienen acuerdo parcial con las diferentes bancadas políticas.

La titular de la cartera de Trabajo recordó que el proyecto de Reforma Pensional, unifica el Sistema de Pensiones en Colombia "beneficiando a 2.5 millones de adultos mayores de 65 años, pero además permite que las y los colombianos puedan tener una vejez digna".

La ponencia de la Reforma pensional quedó firmada por los senadores Martha Peralta del Pacto Histórico,  Omar de Jesús Restrepo del Partido Comunes y Berenice Bedoya Perez del partido ASI.

La Reforma mantiene su esencia de cuatro pilares: el pilar solidario con una renta básica correspondiente a medio salario mínimo legal vigente y que cobijará a las personas que no alcanzan a obtener una pensión; el contributivo, para las personas que devengan hasta cuatro salarios mínimos y harán sus aportes obligatorios al régimen de prima media administrado por Colpensiones.

El tercero es el pilar semicontributivo: busca garantizar una pensión justa para los trabajadores de bajos ingresos que no logran cotizar lo suficiente para una pensión completa. Y el pilar de ahorro individual voluntario para personas que tienen ingresos por encima de los cuatro salarios mínimos que hacen aportes adicionales al Régimen de Ahorro Individual de las Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías, AFP. 

En el pilar solidario se redujo la edad pensión para las mujeres, pasaría de 65 a 62 años y sería administrado por el ministerio de Trabajo y no por el Departamento de la Prosperidad Social, DPS.

Entre los artículos nuevos se encuentra uno llamado pensión anticipada de vejez, el cual aplicaría para personas que padezcan deficiencias físicas, síquicas o sensoriales de más del 50%. Según el articulado, entraría en vigor para las mujeres de 50 años en adelante y en el caso de los hombres de 55 años y más, y que hayan cotizado más de 1.000 semanas.

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