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Padres podrán elegir el orden del apellido de sus hijos

Por NicolleDonato | Mar, 05/11/2019 - 19:29

Con una votación de 8 contra 1, la Corte Constitucional tumbó la ley que establece que los colombianos deben llevar primero el apellido paterno.

La norma demandada se trata de la Ley 54 de 1989 en donde en el artículo 1 se precisa que “en el registro de nacimiento se inscribirán como apellidos del inscrito, el primero del padre, seguido del primero de la madre, si fuere el hijo legítimo o extramatrimonial reconocido o con paternidad judicialmente declarada; en caso contrario, se le asignarán los apellidos de la madre”.

Tras la decisión de la Corte, los colombianos tendrán el derecho de elegir el orden de sus apellidos y el congreso tendrá un año para regular la manera en que se llevarán a cabo los registros.

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