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Corte Suprema absuelve a exgobernador de Arauca acusado por firma de contrato sin requisitos legales

La decisión tuvo el salvamento de voto de un magistrado

Corte Suprema iniciara juicio penal contra el exmagistrado Leonidas Bustos
Por Agencia Periodismo Investigativo | Lun, 23/10/2023 - 15:38 Créditos: Corte Suprema de Justicia

Con ponencia de la magistrada Blanca Nélida Barreto, la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exgobernador (e) del departamento de Arauca, José Rafael Zúñiga Castañeda, acusado como autor de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo. 

Los hechos por los cuales fue acusado tienen que ver con contratos de interventoría suscritos mediante las órdenes de prestación de servicios No 003 y 009, y los de consultoría No 016, 022, 025, 027, 029, 030, 032, 035, 043, 0045, 046, 047, 048 y 049, todos del año 2006, los cuales fueron celebrados por el entonces gobernador encargado.

La Sala determinó la existencia de los elementos objetivos del delito, dado que todos estos contratos se llevaron a cabo sin la presencia de estudios previos, lo que resultó en la falta de cumplimiento de los requisitos legales y en la contravención de los principios de economía y planificación.

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Sin embargo, el Alto Tribunal determinó que no es posible declarar a Zúñiga Castañeda penalmente responsable de estos hechos y lo absolvió, pues actuó "bajo la errada convicción de que su proceder no estaba prohibido".

"Al momento de celebrar esos contratos estaba convencido de que los estudios previos que se habían hecho para los contratos de obra -ejecutados con recursos de regalías-, cobijaban también a los contratos de interventoría que derivaron de esas obras", dice la Sala de Primera Instancia.

Agrega, además: "La Sala estimó que este error era invencible, dadas las condiciones personales del acusado y el corto lapso en el que se desempeñó como gobernador encargado. Además, porque antes de esas contrataciones había sido informado por las dependencias a cargo del trámite contractual previo y por el área jurídica del Departamento, que su actuación era debida".

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