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Corte Constitucional: Julián Bedoya mantiene su título de abogado

El Alto Tribunal deja sin efecto el procedimiento disciplinario seguido por la Universidad en contra del Bedoya

Julián Bedoya senador
Por Agencia Periodismo Investigativo | Lun, 22/08/2022 - 18:19 Créditos: Foto: Facebook Julian Bedoya

Con ponencia de la magistrada Paola Meneses, la Sala de Revisión de la Corte Constitucional devuelve al exsenador liberal, Julián Bedoya, su título como abogado.

Este caso se remonta al 26 de abril de 2021, cuando Julián Bedoya interpuso una acción de tutela en contra de la Universidad de Medellín por haberle anulado una serie de exámenes (suficiencia y preparatorios) así como su título profesional.

Según la Universidad, estas sanciones se justificaron en que Bedoya incurrió en irregularidades en su reingreso en el año 2018, así como en la presentación de los referidos exámenes.

En el escrito, Julián Bedoya solicitó que se dejara sin efecto la resolución 21 de 20 de abril de 2021, por medio de la cual el Consejo Académico confirmó, de manera integral, la resolución 8 de 5 de abril del mismo año, emitida por el Consejo de la Facultad.

Por lo anterior, la Corte Constitucional, tuvo cinco consideraciones en contra de la Universidad de Medellín.

  1. Conforme al artículo 110 del Reglamento, carece de competencia para ejercer su potestad disciplinaria en contra de los egresados titulados.
     
  2. Segundo, el artículo 114 del Reglamento ni las restantes normas reglamentarias o estatutarias la habilitan para ejercer su competencia disciplinaria en contra de egresados titulados.
     
  3. Si bien las presuntas faltas sancionadas fueron cometidas por el accionante cuando tenía la calidad de estudiante, lo cierto es que la Universidad ejerció su potestad disciplinaria cuando el accionante había perdido dicha calidad y tenía la condición de egresado titulado.
     
  4. Contrario a lo afirmado por la Universidad, el alcance de la competencia disciplinaria de las universidades respecto de sus egresados no es análogo al de la Procuraduría General de la Nación respecto de los exfuncionarios públicos.
     
  5. Pese a lo afirmado en el escrito de contestación de la tutela, no es cierto que la Corte ha dispuesto que las universidades tienen competencia para ejercer su potestad disciplinaria en contra de egresados titulados. 

Finalmente, el Alto Tribunal deja sin efecto el procedimiento disciplinario seguido por la Universidad en contra de Bedoya y ordena al claustro universitario archivar el expediente que corresponde a dicha actuación. 

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