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Abogado no volverá a litigar tras no actuar bajo parámetros de lealtad y honradez

El hombre actuó dolosamente. Cobró un título judicial y no entregó la totalidad del dinero que correspondía. Fue sancionado con exclusión del ejercicio de la profesión y se le impuso una multa de 60 salarios mínimos mensuales.

Abogado no volverá a litigar tras no actuar bajo parámetros de lealtad y honradez
Por LeidyHernandez | Sáb, 16/07/2022 - 14:07 Créditos: Referencia

Una mujer contrató a un abogado para realizar un trámite laboral. El proceso consistió en obtener el reconocimiento de la pensión de sobreviviente que le correspondía por el deceso de su compañero permanente.

Para tal hecho, a la ciudadana se le reconocieron $ 132.428.700, de los cuales el abogado le entregó  $48 millones, pues habían pactado como cuota litis el 35 % de lo recaudado.

Sin embargo, la denunciante rechazó haber suscrito un contrato de prestación de servicios presentado por el disciplinado en el proceso disciplinario.

prueba
Prueba grafológica con la que se definió la falta del litigante / Referencia

 

También negó un paz y salvo y en medio de la alegación, se ordenó prueba grafológica sobre él. El resultado fue una incongruencia en la firma.

A la Fiscalía General llegó una copia del caso para que se investigue si tal hecho reviste las características de delito.

Tras las diligencias, se demostró que el investigado actuó dolosamente, toda vez que cuando cobró el título judicial no le entregó a su poderdante la totalidad del dinero que le correspondía.

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Comisión Nacional de Disciplina Judicial donde se tomaron las decisiones contra el abogado / Colprensa

 

Las acciones del litigante incurrieron en el abuso de la confianza depositada en el poder otorgado, en el que se le transfirió la facultad de recibir.

Así las cosas, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial determinó que el abogado no debió entregar elevadas sumas de dinero en efectivo, sino mediante transferencia o un cheque de gerencia.

De esa forma, habría podido sustentar sus aseveraciones, pero al no tener prueba para confirmar su postura procesal, se acreditó la falta.

El hombre no actuó bajo los parámetros de lealtad y honradez, por lo que se materializó la falta y con ella la sanción con exclusión del ejercicio de la profesión y la imposición de una multa equivalente a 60 salarios mínimos mensuales.

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