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SIC sanciona a Suzuki Colombia por violar régimen de libre competencia

La multa asciende a $2.280.240.000 millones de pesos y se dio tras evidenciar que desde el 2011 hasta el 2019 la empresa limitó la participación de su competencia en el mercado.

 SIC sanciona a Suzuki Colombia por violar régimen de libre competencia
Por Juan Sebastián García | Mié, 11/05/2022 - 08:20 Créditos: Cinco Días

La Superintendencia de Industria y Comercio multó a la empresa Suzuki Colombia por un valor de $2.280.240.000 millones de pesos, tras demostrar que desde el 2011 y hasta el 2019 limitó a su competencia en la venta de motocicletas y mantenimiento preventivo de las mismas.

Así mismo, la SIC también sancionó a ocho personas que se encuentran vinculadas a la compañía en diferentes cargos tras recolectar material que daría evidencia que dichos sujetos habrían colaborado en la conducta anticompetitiva.

Los sancionados son los siguientes:

1.    Mónica Sánchez Álvarez fue multada por un valor de $1.026.108 millones. Sánchez se desempeñaba como Coordinadora de licitaciones y secretaria de Presidencia de Suzuki.
2.    Yolanda Osorio López fue multada por un valor de $11.781.240 millones. Osorio tenía el cargo de Jefe del Departamento Jurídico de Suzuki
3.    Martín Ricardo Manjarrés Cabezas fue sancionado con una multa de $37.281.924 millones. Cabezas se desempeña como Apoderado especial de Suzuki
4.    Shinobu Kataoka fue sancionado por la suma de $75.513.948 millones. Kataoka era el presidente de Suzuki entre los años 2002 y 2018.
5.    Claudia Patricia Mapura López fue multada por $6.042.636 millones. López es Jefe del departamento de repuestos de Suzuki.
6.    Juan Guillermo Pinzón Ceballos fue multado por la suma de $2.090.220 millones. Pinzón se desempeña como jefe de servicios técnicos de Suzuki.
7.    Luis Henry Duque Cardona fue multado por $114.012 millones. Cardona se desempeña en el cargo de jefe de ventas de motocicletas.
8.    Kenichi Umeda fue multado por $160.870.932 millones. Umeda es presidente y representante legal de Suzuki.

La Superintendencia determinó que Suzuki llevó a cabo una política empresarial la cual impedía a las personas que pertenecían a su red de distribución en Colombia como también a terceros, participar de manera libre en procesos de contratación para la venta de motocicletas y mantenimiento.

Así mismo, la SIC ordenó a Suzuki diseñar e implementar un programa para que se cumplan los “requisitos para el establecimiento de buenas prácticas de protección para la libre competencia”.

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