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Colegios deben respetar el derecho al libre desarrollo de la personalidad de sus estudiantes

Por camilamoreno | Mar, 10/03/2020 - 18:55

Una joven demandó a una institución después de que la rectora le negara la matrícula, esta afirmó que en el manual de convivencia se contemplaba que se prohibían sostener noviazgos dentro y fuera del plantel y hacer cualquier tipo de manifestación amorosa, además, "que su estado de embarazo le impedía empezar sus prácticas académicas". 

Hacia este caso la Corte Constitucional se pronunció y falló a favor de la menor, estableciendo que este es "un acto de discriminación y violación del derecho fundamental a la educación", además de que vulneraba su "derecho a la intimidad y libre desarrollo de la personalidad". Debido a esto, el alto tribunal le ordenó a la institución que reincorporara a la estudiante y cambiara el manual de convivencia, ya que estos no deben vulnerar los derechos de los estudiantes. 

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